Entrada al espacio Schengen: la futura implementación del EES y del ETIAS

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El EES (Sistema de Entradas y Salidas o Entry Exit System) y el ETIAS (Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes o European Travel Information and Authorisation System) son sistemas informáticos automatizados de registro y control de datos personales de los nacionales de países no miembros de la Unión Europea que cruzan las fronteras exteriores del espacio Schengen.

Ninguno de los dos dispositivos está actualmente operativo. Su entrada en funcionamiento está prevista para los próximos años, en 2024 y 2025.

La Unión Europea y la gestión de las fronteras exteriores

Estas iniciativas europeas forman parte de un conjunto de medidas que tienen como objetivo mejorar la gestión de las fronteras exteriores de los Estados miembros del espacio Schengen.

Estos futuros sistemas automatizados tienen como objetivo mejorar la eficacia y la fiabilidad de los controles en las fronteras exteriores del espacio Schengen, permitiendo a los Estados miembros y a las agencias de la UE garantizar un mejor intercambio de la información con el fin de luchar contra la delincuencia transfronteriza y el terrorismo y de lograr una gestión más eficaz de las fronteras, en el marco del más estricto respeto por los derechos fundamentales y la legislación europea en materia de protección de datos personales.

EES (Entry Exit System): un nuevo sistema automatizado de registro de datos de los nacionales de países no miembros de la UE que ingresan al espacio Schengen

El EES es un dispositivo automatizado de recopilación digital de datos personales de nacionales de países no pertenecientes a la UE, sujetos o no a la obligación del visado, que se realizará a la entrada y a la salida del espacio Schengen.

En concreto, el EES sustituye el sellado manual de los pasaportes de los nacionales de terceros países y permitirá controlar electrónicamente la entrada, la salida, la denegación de entrada y la duración de la estancia de los nacionales de un país no perteneciente a la UE que crucen las fronteras exteriores del espacio Schengen para efectuar una estancia de corta duración (hasta 90 días durante un período de 180 días).

¿A quién está dirigido?

Está dirigido a los nacionales de países no pertenecientes a la UE, sujetos a la obligación del visado de corta duración y al ETIAS, que efectúen una estancia de corta duración (hasta 90 días durante un período de 180 días) en el territorio de un Estado miembro del espacio Schengen.

¿Qué datos personales serán registrados?

  • Fecha y hora de entrada y de salida
  • Lugar de entrada y de salida
  • Apellido(s) y nombre(s) del nacional
  • Número de pasaporte del nacional
  • Fotografía del nacional
  • Impresión dactilar del nacional
  • Registrará, asimismo, la eventual denegación de entrada para una estancia de corta duración.

Más información sobre el EES

ETIAS (European Travel Information and Authorisation System): un nuevo prerrequisito para los viajeros exentos de la obligación de visado de corta duración para acceder al territorio europeo

El ETIAS es una autorización de viaje, y no un visado, establecido por la Comisión Europea. Será exigido por los 30 Estados miembros del espacio Schengen ampliado. Está previsto que entre en servicio en 2025. Es un sistema completamente electrónico, similar al Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA) de Estados Unidos, que tiene por objetivo reforzar los controles de los viajeros extranjeros en la Unión Europea, con el objetivo de detectar potenciales amenazas.

¿A quién está dirigido?

El ETIAS estará dirigido a los nacionales de unos sesenta países no pertenecientes a la UE que gozan de una exención de la obligación de visado de corta duración para viajar al espacio Schengen ampliado.

Esta autorización de viaje tendrá una duración máxima de 90 días. Deberán solicitarla, con anterioridad al viaje al territorio europeo, los nacionales de terceros países afectados: la autorización será válida durante tres años, para entradas múltiples, o hasta la fecha de expiración de la validez del documento de viaje utilizado para realizar la solicitud.

La solicitud se realizará en línea, completando un simple formulario. La autorización de viaje se expedirá, en principio, en un período máximo de 96 horas a partir de la fecha de solicitud y del pago de un impuesto de 7 €. De ser necesario realizar una investigación complementaria, dicho período de tratamiento podrá ser prolongado.

Debe tenerse en cuenta que no se exigirá el pago del impuesto a los nacionales de terceros países menores de 18 años y mayores de 70 años, a los miembros de las familias de nacionales europeos ni a los nacionales de terceros países que tengan derecho a circular libremente en la Unión Europea.

Consulte la lista de los países afectados por el ETIAS

Existen ciertos casos particulares que deberán considerarse

Más información sobre el ETIAS