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Personal local

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PERSONAL LOCAL

La legislación francesa en materia de empleo y las leyes sociales se aplican a los nacionales franceses, a las personas que tengan doble nacionalidad francesa y extranjera, y a los residentes de larga duración, empleados dentro de una Misión Diplomática o una Oficina consular.

El personal local goza por consiguiente de las disposiciones de la legislación francesa del trabajo (el salario cobrado no puede ser inferior al "Salaire minimum interprofessionnel de croissance" (SMIC - Salario mínimo interprofesional de crecimiento) y de las prestaciones económicas de protección a la familia.

Asimismo, el empleador habrá de afiliar al personal al régimen de seguridad social francés, a un régimen de jubilación complementaria ("la caisse de retraite pour la France de l’extérieur" - CRE - o "Institution de Retraite des Cadres et Assimilés de France et de l’Extérieur" - IRCA - FEX -) y, de manera facultativa, a una caja de seguro de desempleo ("Association pour l’emploi dans l’Industrie et le Commerce" - ASSEDIC)


Serán admisibles los contratos europeos o internacionales propuestos al personal local a partir del momento en que las garantías salariales y sociales sean por lo menos idénticas a aquellas que ofrecen los contratos de derecho francés.

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