Exenciones fiscales

DE LOS PRIVILEGIOS
De conformidad con los preámbulos de los convenios de Viena de 1961 y 1963, El Estado de residencia otorga los privilegios diplomáticos y consulares sólo a fin de permitir al personal de las Misiones asegurar el cumplimiento de sus funciones y no con el fin de brindarles beneficios personales. La importancia de tales privilegios varía de acuerdo con el estatuto del agente.
Presentación
En la oficina de Aduanas
Exenciones fiscales
Vehículos
De las exenciones fiscales
Los agentes diplomáticos y el personal administrativo y técnico, los funcionarios consulares y los empleados consulares, el personal de servicio así como los miembros de su familia que vivan en el hogar (es decir el cónyuge y los hijos menores económicamente dependientes y que no ejerzan ninguna actividad profesional en Francia) estarán exentos del pago de cualesquiera impuestos y gravámenes, personales o reales, nacionales, regionales y municipales, con excepción de:
aquellos impuestos indirectos que están normalmente incluidos en el precio de las mercancías o servicios
los impuestos y gravámenes sobre los bienes inmuebles privados que radiquen en el territorio del Estado receptor (...)
de los impuestos sobre sucesiones y transmisiones que corresponda percibir al Estado receptor (...)
de los impuestos y gravámenes sobre ingresos privados que tengan su origen en el Estado receptor y de los impuestos sobre el capital que graven las inversiones efectuadas en empresas comerciales o financieras en el Estado receptor
de los impuestos y gravámenes correspondientes a servicios particulares prestados
de los derechos de registro, aranceles judiciales, hipoteca y timbre (Convenio de Viena de 1961, artículos 34 y 37, Convenio de Viena de 1963, artículo 49).
Los agentes de nacionalidad francesa (incluso aquellos que posean doble nacionalidad) y los residentes de larga duración no podrán gozar de las siguientes disposiciones. Lo mismo sucederá con respecto a las personas que se encuentran a su cargo (cónyuge e hijo menor) si son de nacionalidad francesa o residentes de larga duración.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Y DERECHOS DE SISA

El IVA es un impuesto indirecto incluido en el precio de las mercancías y los servicios. Por consiguiente, Francia no otorga el reembolso del IVA que grava las compras de bienes y servicios destinados a la satisfacción de las necesidades de los agentes extranjeros que se encuentran en funciones en Francia.
No obstante, como medida de cortesía, ciertas compras de bienes o de productos efectuadas en el mercado interno pueden, bajo determinadas condiciones, estar exentas del pago de derechos e impuestos:
- los vehículos personales de los agentes titulares del documento de residencia "CMD", "CD", "CC" y "AT" (Vide supra)
- los productos sujetos a contingentación: alcohol y licores, tabaco y carburante son objeto de cupos anuales, atribuidos a las Misiones, dentro de los límites que fijan el Ministerio de Asuntos Exteriores y el Ministerio de Economía, Finanzas e Industria.
OTROS IMPUESTOS
- Impuesto sobre la renta
"Sin perjuicio de lo dispuesto por los convenios fiscales internacionales que pudieren imponer el respeto de ciertas condiciones o adoptar disposiciones diferentes, los miembros de las Misiones Diplomáticas o Consulares, cuando no sean franceses o residentes permanentes, se considerarán como domiciliados en el país de envío. Su remuneración oficial no estará sujeta al pago de impuestos en Francia. Los otros ingresos serán imponibles de acuerdo con las reglas aplicables a los contribuyentes no residentes de Francia. De esta manera, en particular los ingresos privados de fuente extranjera estarán exentos de impuesto sobre la renta. En cambio, los ingresos privados de fuente francesa (renta rústica, de capitales mobiliarios, etc.) seguirán siendo imponibles en Francia salvo lo dispuesto por los convenios fiscales bilaterales.
El ejercicio de una actividad privada con carácter lucrativo (ingresos obtenidos de actividades industriales y comerciales, o no comerciales, sueldos y salarios) hará perder al diplomático y a los miembros de su familia la calidad de no residente y el goce de los privilegios fiscales. Además, las personas económicamente dependientes autorizadas a ejercer una actividad remunerada en Francia estarán sujetas al pago de impuestos en las condiciones de derecho común correspondientes a los residentes."
Los funcionarios consulares honorarios sólo estarán exentos del impuesto sobre la renta sobre aquellas indemnizaciones representativas de gastos cobradas en el marco de sus funciones.
- Exacciones locales
LA CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL es adeudada por el propietario de los locales. Sólo la residencia oficial de los jefes de las Misiones Diplomáticas y Consulares, cuando forme parte de los locales oficiales, estará eximida de su pago. Las otras propiedades estarán sujetas a éste.
LA RENTA CATASTRAL DE LOS BIENES URBANOS es adeudada por el inquilino u ocupante de los locales a título gratuito.
Pueden ser exonerados y únicamente con respecto a su residencia principal:
los agentes diplomáticos
los funcionarios consulares de carrera
el personal administrativo y técnico
los empleados consulares
el personal de servicio
En las solicitudes, dirigidas a los Servicios de
Protocolo con la notificación de imposición, habrán de figurar:
los nombres y apellidos del titular del cargo
el numero completo del Permiso de residencia especial
la fecha de llegada del agente al domicilio cuya dirección se menciona en la o las notificaciones expedidas por los servicios fiscales.

- Los derechos de registro e impuesto de publicidad registral
Las adquisiciones de locales destinados a uso de habitación no gozan de ninguna exoneración. Están sujetas a las disposiciones de derecho común en la materia.
- Derechos de sucesión
"La sucesión de un miembro de una Misión diplomática o consular se tratará como si se abriere en el extranjero. Por consiguiente, los derechos serán exigibles sobre los bienes situados en Francia, con la salvedad de la aplicación eventual de convenios tendentes a evitar la doble imposición en materia de derechos de sucesión."
- Impuesto de solidaridad sobre el patrimonio
"Los agentes diplomáticos estarán sujetos al impuesto de solidaridad sobre el patrimonio en lo que respecta a sus bienes situados en Francia (inmuebles privados, valores mobiliarios y derechos sociales de empresas francesas)."
- El impuesto único sobre convenios de seguros
Los contratos de seguro de vida o de renta vitalicia suscritos en Francia estarán exentos del pago único sobre convenios de seguros. En cambio, éste continúa aplicándose en las otras pólizas (seguro de automóviles para los vehículos personales; seguro de incendio para el domicilio y el mobiliario que en él se encuentre).
- Otros impuestos
Impuesto sobre el servicio audiovisual
Pueden estar exentos:
los agentes diplomáticos
los funcionarios consulares de carrera
el personal administrativo y técnico
los empleados consulares
el personal de servicio
La solicitud habrá de enviarse al Servicio de Protocolo con el número del documento de residencia, adjuntando los recibos de los servicios del canon audiovisual.
- Los impuestos y gravámenes cobrados como remuneración de servicios particulares prestados, tales como los correspondientes al servicio de barrido o al empalme con el canal de desagüe, retirada de residuos domésticos, y de aeropuerto (incluidos en el precio del billete de avión) deberán pagarse sistemáticamente.






