Ante la justicia

DE LAS INMUNIDADES
"... tales privilegios e inmunidades se conceden, no en beneficio de las personas, sino con el fin de garantizar el desempeño eficaz de las funciones de las [Misiones] en calidad de representantes de los Estados" (Convenios de Viena de 1961 y 1963, preámbulo).
Presentación
La inviolabilidad
Ante la justicia
Respetar las normativas locales
Ante la justicia
En principio, dada su INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN, los colaboradores extranjeros de las Misiones no están obligados a comparecer ante las jurisdicciones francesas en materia penal, civil y administrativa. Debido a la inmunidad de ejecución no es posible adoptar ninguna medida coercitiva en su contra.
El alcance de las inmunidades varía de acuerdo con el estatuto de los agentes. Los miembros del cuerpo diplomático gozan de inmunidades en su vida profesional y su vida privada, por consiguiente éste es completo. Para los otros agentes, la mayor parte del tiempo dichas inmunidades se ejercen únicamente en el marco de sus funciones.
ALCANCE LAS INMUNIDADES
| Funciones | Inmunidad de jurisdicción penal | Inmunidad de jurisdicción civil y administrativa | Inmunidad de ejecución |
|---|---|---|---|
| Agentes diplomáticos y sus familias | Completa | Completa (salvo excepción: CV 1961, art. 31.1) | Completa (salvo excepción: CV 1961, art. 31.3) |
| Funcionarios consulares de carrera y honorarios | Actos realizados en el ejercicio de sus funciones | Actos realizados en el ejercicio de sus funciones (salvo excepción: CV 1963, art. 43.2) | En el marco de una acción relativa a un acto realizado en el ejercicio de sus funciones |
| Personal administrativo y técnico y sus familias | Completa | Actos realizados en el ejercicio de sus funciones | Completa (salvo excepción: CV 1961, art. 31.3) |
| Empleados consulares | Actos realizados en el ejercicio de sus funciones | Actos realizados en el ejercicio de sus funciones | En el marco de una acción relativa a un acto realizado en el ejercicio de sus funciones |
| Personal de servicio de una Embajada | Actos realizados en el ejercicio de sus funciones | Actos realizados en el ejercicio de sus funciones | En el marco de una acción relativa a un acto realizado en el ejercicio de sus funciones |
En el momento del cese, la inmunidad permanecerá exclusivamente con respecto a los actos vinculados al desempeño de las funciones.
Estas disposiciones no corresponden a los titulares de la tarjeta SE/C.
Comparecer como testigo
Los diplomáticos, el personal administrativo y técnico de una Embajada y sus familias pueden testificar pero no están obligados a hacerlo.
Los miembros de una Oficina Consular pueden verse solicitados a deponer como testigos en el transcurso de procedimientos judiciales o administrativos. Los empleados consulares y el personal de servicio de un consulado no deberán negarse.
Sin embargo, los miembros de una Oficina Consular no están obligados a deponer sobre hechos relacionados con el ejercicio de sus funciones, ni a presentar correspondencia y documentos oficiales. Asimismo, podrán negarse a deponer en calidad de expertos respecto de las leyes del Estado que envía. El testimonio de un funcionario consular puede obtenerse en su residencia, en la Oficina Consular o mediante declaración por escrito cada vez que sea posible. (Convenio de Viena de 1963, art. 44).
No obstante, no es posible adoptar ninguna medida coercitiva u otro tipo de sanción contra un funcionario consular que se niegue a deponer.






