Antes de llegar a Francia
Antes de llegar a Francia
ANTES DE LLEGAR A FRANCIA

Todos los nacionales de países que requieren visado para una estancia prolongada en francia (superior a tres meses), antes de su salida deberán solicitar ante una misión francesa en el país de origen o de residencia un visado de larga duración denominado "visa D"
Los hijos mayores de 21 años entrarán a Francia, independientemente del tipo de pasaporte de que dispongan, con un visado diplomático o de servicio que lleve la mención "voir carte de séjour" -véase documento de residencia- y solicitarán, en el momento de su llegada, un permiso de derecho común dirigiéndose a la Prefectura de su lugar de residencia.

Los nacionales comunitarios y del Espacio Económico Europeo (EEE), en el marco de la libre circulación dentro de la Unión Europea (UE), no necesitan visado de larga duración. En cuanto lleguen a Francia, solicitarán a los Servicios de Protocolo un permiso de residencia especial.
Aquellos que posean un permiso de residencia deberán disponer de un pasaporte vigente para viajar a los Estados miembros de la Unión Europea (UE).
PARA TRES CATEGORÍAS DE AGENTES (JEFES DE REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS O CONSULARES, AGREGADOS DE DEFENSA, MILITARES, NAVALES Y AÉREOS), SERÁ NECESARIO CUMPLIMENTAR CIERTOS TRÁMITES PRELIMINARES.
Con respecto a las siguientes categorías de personal, dichos trámites consisten en:
Jefe de Misión Diplomática: obtener la acreditación de su nombramiento. En la práctica, la Embajada del país acreditante o la Embajada de Francia en dicho país remite la solicitud de acreditación a los Servicios de Protocolo. Dicha solicitud estará acompañada con un curriculum vitae redactado en francés. Previo acuerdo del Gobierno, los Servicios de Protocolo informarán al respecto a la Embajada correspondiente.
Por lo general, la tramitación de la acreditación exige entre dos y tres semanas.
La acreditación múltiple ante varios Estados puede efectuarse en las mismas condiciones.
Agregados de Defensa, Militares, Navales y Aéreos: solicitar la aprobación de su nombramiento. La Embajada transmite a los Servicios de Protocolo un curriculum vitae redactado en francés -en el cual se precise la carrera militar, los apellidos, nombres y pseudónimos, la fecha y el lugar de nacimiento y sus anteriores estancias en Francia-. El nombramiento podrá ser aprobado por los Servicios de Protocolo previa consulta al Estado Mayor de las Fuerzas Armadas. Sólo podrá procederse a la toma de posesión efectiva del cargo una vez que este trámite haya sido debidamente cumplimentado.
La aprobación permitirá proceder a la expedición del visado de entrada al territorio francés, sin embargo, el Permiso de residencia especial sólo podrá otorgarse después de la visita de presentación ante las Fuerzas Armadas.
Jefe de Oficina Consular: obtener su acreditación. La Embajada hará llegar a los Servicios de Protocolo un curriculum vitae detallado (en cuatro ejemplares) en el cual se precise la ubicación geográfica y la dirección de los locales consulares en la capital del Departamento. obtener su acreditación. La Embajada hará llegar a los Servicios de Protocolo un curriculum vitae detallado (en cuatro ejemplares) en el cual se precise la ubicación geográfica y la dirección de los locales consulares en la capital del Departamento.






