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Reforma del Banco Mundial

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La aceleración del calendario de reforma del Banco Mundial (reforma iniciada en 2008 y que debe en adelante dar lugar a un acuerdo para la primavera de 2010), decidida durante la cumbre del G20 de Londres, podría dar lugar a esta reforma antes de la de las cuotas en el FMI (cuya fecha de vencimiento es enero de 2011), incluso si la cronología de la secuencia de negociación todavía no está clara. Esta plantearía la cuestión de los criterios que podrían ser tomados en cuenta para medir el peso económico respectivo de los países en el momento de evaluar su lugar en la gobernanza de la institución, en la medida en que, hasta el momento, las cuotas calculadas en el FMI, a las cuales Francia continúa ligada, servían de referencia para la repartición de los votos en el BIRD. Además, el Banco debe llevar a término esta reforma de su gobernanza (reequilibrio de las participaciones de capital en el BIRD, para evolucionar hacia una representación más equilibrada de los países en desarrollo y en transición; derechos a voto en la SFI y la IDA), una exigencia de aumento de capital por parte de sus miembros representantes de países emergentes o en desarrollo, y la evaluación, a medio camino, del AID-5, mientras que las negociaciones concernientes a la próxima reconstitución de la AID deberían iniciarse a partir de marzo de 2010.

A diferencia de la reforma del FMI, la cual se focaliza esencialmente en lo que se denomina cuotas (las cuales determinan el "derecho" a obtener créditos del país en cuestión), la reforma del Banco Mundial está ligada a la gobernanza de los diferentes "instrumentos" del grupo (BIRD, SFI, pero igualmente AID), tomando en cuenta, al mismo tiempo, el mandato del Banco, lo cual implica, por ejemplo, que no hay un vínculo entre los programas de desarrollo de los cuales se benefician los países recipiendarios y su participación al capital del BIRD o de la SFI. Ello implica igualmente que, en el cálculo que permite reflejar el peso de los accionistas en el capital, el Banco propone tomar en cuenta factores diferentes a los del FMI, incluida, por ejemplo, la contribución de los clientes (mediante el reembolso de los créditos o mediante los "intercambios de conocimientos") a su objetivo final de desarrollo.

El Consejo de Administración es prácticamente el mismo en el BIRD y en la SFI. La reforma de la SFI, cuyo calendario probablemente sea sincronizado con el de la reforma en el BIRD, para llegar a un acuerdo durante las reuniones de primavera de 2010, se desprenderá por consiguiente de las grandes líneas de lo que decidirá el BIRD. Los cinco mayores accionistas, que nombran a su administrador al Consejo, representan, respectivamente: Estados Unidos, 264 969 participaciones de capital, o sea, el 16,36% de los derechos a voto; Japón, 127 000 participaciones de capital, o sea el 7,85% de los derechos a voto; Alemania, 72 399 participaciones de capital, o sea el 4,48% de los derechos a voto; Francia, 69 397 participaciones de capital, o sea el 4,3% de los derechos a voto, al mismo nivel que el Reino Unido. Los tres escaños únicos, en términos de importancia, son el escaño ruso, el escaño chino y el escaño saudí, los cuales representan, cada uno, 44 799 participaciones de capital y el 2,78% de los derechos a voto.

La reforma de 2008, que debería entrar en vigor durante las asambleas anuales de Estambul, debería modificar esta repartición. En efecto, esta había constatado, a nivel de los Gobernadores, del inicio de una duplicación (ceteris paribus) de los derechos a voto "de base" (o sea, aquellos asignados de manera igualitaria a todos los accionistas). Al origen, estos derechos a voto "de base" representaban el 10,78% de los derecho a voto totales y habían disminuido progresivamente, para alcanzar hoy en día el 2,86%. La duplicación propuesta les permitía retornar al 5,55% del total de los derechos a voto, disminuyendo al mismo nivel, sobre todo para los países más grandes, la parte restante de derechos a voto dando de facto mayor peso, lo que era el objetivo, a los países emergentes y en desarrollo (los cuales pasan del 42,6% al 44,1% del capital de la BIRD mediante el otorgamiento de participaciones de capital no asignadas). En el momento de la reforma, Francia había militado por la triplicación de los derechos a voto "de base", tema que retorna a la orden del día a través del pedido de aumento de capital formulado por el Presidente del Banco Mundial. La repartición, después de la entrada en vigor de la reforma, sería la siguiente (a participaciones de capital iguales, en porcentaje de los derechos a voto totales): Estados Unidos, 15,85%; Japón, 7,61%; Alemania, 4,35%; Francia y Reino Unido, 4,17%. China, Rusia y Arabia Saudita, por su parte, se han beneficiado de la reforma y aumentan, a la vez, su participación de capital, respectivamente a 45 835 (China) y 45 831 (Rusia y Arabia Saudita) y sus derecho a voto al 2,77% de los derechos a voto totales. Sin embargo, para entrar en vigor, la decisión de duplicar los derechos a voto "de base" debe ser aceptada como una enmienda de los estatutos del BIRD y necesita una doble mayoría del 85% de los derechos a voto totales y de 3/5 de los miembros, lo que no es todavía el caso, en lo referente a los derechos a voto (por el momento, sólo se ha alcanzado el 50% de los derechos a voto).

[La continuación de la reforma tiene por objetivo político, recordado durante el G20 de Pittsburg, llegar a una "representación más equitativa de los países en desarrollo y en transición". Además, el G20 ha constatado un aumento del 3% de los derechos a voto, para los países en desarrollo y en transición, en beneficio de los países sub-representados (ahora bien, algunos países desarrollados, como España e Irlanda, están actualmente sub-representados, mientras que un país emergente, como Arabia Saudita, está sobre-representado). La cuestión consiste, por lo tanto, en saber cómo operar esta transferencia, reexaminando la repartición de las participaciones de capital y, por lo tanto, de los derechos a voto al interior del BIRD, en beneficio de los países en desarrollo y en transición. Esto implica tomar en cuenta su peso actual respectivo en la economía mundial, su contribución al mandato del Banco (contribución al AID, a los fondos fiduciarios). En adelante, hasta la primavera de 2010, se tratará, por consiguiente, de definir e implementar esta nueva repartición, eventualmente con un aumento, selectivo o general, del capital (el cual tendría una incidencia, en términos de participaciones de capital totales disponibles para una re atribución; será necesario igualmente tomar en cuenta la eventualidad de nuevas adhesiones al Banco, dejando siempre participaciones de capital no suscritas). La reforma debería igualmente decidir de una revisión en adelante periódica de la repartición del capital (cada cinco años) [1].

[1] Los estatutos de la BIRD no abordaban este punto, mientras que para la AID se indicaba que cinco años parecía un intervalo razonable, y que en el FMI esta revisión debe efectuarse por lo menos cada cinco años.

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