Luchar contra la trata de seres humanos
La trata de los seres humanos, entendida como “reclutamiento, transporte, traslado, alojamiento o recepción de personas” con vistas a una explotación sexual o no, se ha convertido en uno de los grandes retos internacionales de la cuestión migratoria. Este término engloba a la vez la prostitución, el trabajo y la utilización de niños para librarse a la mendicidad, la supervivencia de la esclavitud tradicional, los matrimonios forzados, la trata de emigrantes, a niveles nacionales e internacionales. La trata afecta en su mayoría a mujeres y niñas, en particular, originarias de los países de Europa Central y el África Occidental.
La trata de los seres humanos da lugar a numerosas iniciativas de los proveedores de fondos, habiéndosele consagrado un Protocolo adicional a la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia transnacional adoptada en noviembre de 2000 [1]. Sin embargo, la utilización del arsenal jurídico contra la trata todavía sigue siendo teórica en numerosos países.
Por ello, la Cooperación francesa procura actuar en los campos de la represión, y también de la reinserción profesional, social y personal de las víctimas (asistencia jurídica, estructuras de recepción y formación...). Debe empeñarse un esfuerzo particular para contribuir al reconocimiento de las víctimas de la trata en tanto tales.
El Ministerio francés de Asuntos Exteriores contribuye al refuerzo de los medios de que disponen los sistemas de justicia penal (ayuda a la promulgación de una legislación conforme a la legislación internacional, respaldo para la elaboración de un plan de acción nacional, formación de los personales interesados...) y las ONG comprometidas en la lucha contra la trata (creación de redes de ONG que trabajan en los países fuente, de tránsito y recepción). La coordinación del conjunto de los actores gubernamentales y de la sociedad civil es esencial para luchar eficazmente contra estos tráficos.
Francia también presta apoyo a los proyectos de sensibilización y prevención que deben llevarse adelante a diferentes niveles: local (sensibilización de las poblaciones rurales, con especial hincapié en los niños, las mujeres y los emigrantes), gubernamental (elaboración de textos de leyes), y también mediático (campañas de prevención).
[1] Protocolo adicional a la Convención de las Naciones Unidas contra la delicnuencia transnacional adoptada en noviembre de 2000 abierto a firma el 12 de diciembre de 2000 en Palermo. La trata se define como «el reclutamiento, el transporte, el traslado, el alojamiento o la recepción de personas, por la amenaza de recurrir o recurriendo a la fuerza o a otras formas de coacción, mediante secuestro, fraude, engaño, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, u ofreciendo o aceptando pagos o ventajas para obtener el consentimiento de una persona que tiene autoridad sobre otra con fines de explotación. La explotación incluye, como mínimo, la explotación de la prostitución de otros u otras formas de explotación sexual, el trabajo o los servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, la servidumbre o la extirpación de órganos” (art.3, párrafo a).






